
Para la Categoría A el límite anual subió a $6450000 y el de la última Categoria ascendió a $68 millones. Aún resta la reglamentación de AFIP.
El Gobierno oficializó los cambios en el Monotributo establecidos en la reforma fiscal, que incluye la actualización de los topes de facturación, escalas y cuotas del Régimen Simplificado, el cual entrará en vigor el 1° de agosto. Los detalles se publicaron en el Boletín Oficial a través del decreto 661, firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y la canciller Diana Mondino.
Según los considerandos del decreto 661, podrán reingresar al Régimen Simplificado quienes hayan renunciado o sido excluidos entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024. Sin embargo, aún queda pendiente que la AFIP establezca las modalidades, plazos y condiciones “para efectuar dicha adhesión”. Asimismo, quienes excedieron el límite de ingresos vigentes de la categoría H entre enero y julio “tendrán por cumplidas sus obligaciones” siempre y cuando sus ingresos no superen el límite de la categoría K.
Además, la normativa indica que a partir del período fiscal 2025 se realizará una actualización semestral de los parámetros basada en la inflación. Para este año, se faculta al Ejecutivo para incrementar los montos máximos de facturación, alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar correspondientes a cada categoría, así como las cotizaciones previsionales y otros importes.
Asimismo, el Gobierno detalló que “cuando de la proyección anual surja que el sujeto queda excluido del régimen por haberse superado los límites máximos aplicables”, el contribuyente permanecerá dentro del régimen “debiendo encuadrarse -hasta la próxima recategorización semestral- en la Categoría K”.
Con los cambios en el Régimen Simplificado, la categoría A pasa de facturar poco más de $2.100.000 a $6.450.000, mientras que la categoría K alcanza los $68 millones. Además, permite a quienes prestan servicios mantenerse dentro del Monotributo hasta el monto de la categoría K, aunque con una cuota más elevada que aquellos que venden productos. Por otro lado, establece que el precio máximo unitario de venta de insumos pasa de $180.590 a $385.000.
Principales cambios en el Monotributo
Mediante el decreto 661, el Gobierno formalizó los cambios en el Monotributo dispuestos en la ley 27.743, conocida como reforma fiscal. Las principales claves de las modificaciones en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes son:
La AFIP actualizará los parámetros de facturación en enero y julio, de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.
Si una persona renunció entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024, pero continúa con su actividad, podrá volver a adherirse al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) en cualquier momento en la categoría que le corresponda.
Se elimina la distinción entre obras, locaciones y prestaciones de servicios y la venta de bienes para la categorización en el régimen.
Aumentan los montos de facturación, precio unitario de venta y alquileres devengados.
Aumentan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social
Cómo quedan las escalas de facturación con la reforma fiscal
La tabla de topes de facturación anual completa quedan de la siguiente manera tras las modificaciones en el Monotributo:
- Categoría A: de $2.108.288,01 a $6.450.000 (alza de 206%);
- Categoría B: de $3.133.941,63 a $9,45 millones (+202%);
- Categoría C: $4.387.518,23 a $13,25 millones (+208%);
- Categoría D: de $5.449.094,55 a $16,45 millones (+202%);
- Categoría E: de $6.416.528,72 a $19,35 millones (+202%);
- Categoría F: subiría de $8.020.660,9 a $24,25 millones (+203%);
- Categoría G: de $9.624.793,05 a $29 millones (+202%);
- Categoría H: de $11.916.410,45 a $44 millones (+270%);
- Categoría I: de $13.337.213,22 a $49,25 millones (+269%);
- Categoría J: de $15.285.088,04 a $56,4 millones (+269%);
- Categoría K: de $16.957.968,71 a $68 millones (+301%).